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Los Tribunales Reconocen Invalidez Total por Gonalgia Bilateral

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Los Tribunales Reconocen Invalidez Total por Gonalgia Bilateral

El caso de éxito que hoy publicamos se ha ganado en el Juzgado de lo Social nº 20 de Barcelona.

El problema

Esta ocasión la cliente era pescadera. Ésta padece un continuo dolor en sus rodillas debido al desgaste articular y a la Gonalgia Bilateral. Debido a ello ha necesitado de intervención quirúrgica, sin mejoría clínica a nivel de ambas rodillas, estando limitada por dolor a la flexión así como al estar largas jornadas de pie.

Nuestra cliente acudió al despacho a fin de iniciar el procedimiento de incapacidad permanente. Tras el estudio y valoración médica, presentamos la solicitud inicial que fue denegada por la Seguridad Social. En los informes que se aportaron al ICAM, hacíamos constar la limitación que padece nuestra cliente.

Frente a la resolución del INSS presentamos la reclamación previa correspondiente, que también fue denegada por entender que no se aportaban pruebas médicas que desvirtuaran la valoración efectuada por el ICAM.

Asimismo, procedimos a presentar la correspondiente demanda a fin de que los juzgados de lo social hicieran valer, frente a la negatoria de la Seguridad Social, los derechos al reconocimiento de una incapacidad permanente.

Sentencia del Juzgado de lo Social nº 20 de Barcelona reconociendo incapacidad permanente total por gonalgia bilateral.

La demanda se turnó por reparto en el Juzgado de lo Social nº 20 de Barcelona. Tras la admisión a trámite de la demanda señalaron día para el juicio.

Nuestro objetivo en juicio era hacer entender al Magistrado que la profesión que mantenía nuestro cliente le exigía estar permanentemente de pie, sin estar capacitada para desempeñar su profesión de forma óptima dada a sus patologías físicas.

Tras la exposición de nuestro abogado durante el juicio, el juez decidió a nuestro favor, teniendo en cuenta todos y cada uno de los informes de traumatología (sanidad pública) que aportamos durante el juicio.

El Juez nos dio la razón y entendió que las importantes patologías físicas que padece nuestra cliente la limitan para desarrollar su profesión habitual, reconociendo así la incapacidad permanente total.

“ […], constan informes del centro público que atiende de forma continuada, donde se objetiva limitación funcional, con derrame bilateral y atrofia a nivel de cuádriceps izquierdo; lo que supone un desuso de la extremidad por limitación, con propuesta de nueva intervención mediante artroscopia, desaconsejando bipedestación prolongada, característica de su profesión habitual.”

Os adjuntamos la Sentencia para vuestro interés:

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