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Devuelven la pensión a un hombre con trastorno depresivo mayor grave

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DEVUELVEN LA PENSIÓN DE INVALIDEZ ABSOLUTA A UN HOMBRE QUE PADECE TRASTORNO DEPRESIVO MAYOR GRAVE

Nuestro cliente se encontraba cobrando la pensión de Incapacidad Permanente Absoluta desde el año 2015 por un trastorno depresivo mayor grave

El problema

A principios del 2016 la Seguridad Social le envió una carta al cliente para su revisión de incapacidad por mejoría del grado de Incapacidad Permanente Absoluta reconocido.

Rápidamente se puso en contacto con nosotros y procedimos a estudiar el caso. Formulamos las alegaciones correspondientes ante el INSS. En éstas alegaciones indicamos que la clienta mantenía su grave situación psiquiátrica.

Tras acudir a la revisión médica, el INSS entendía que la enfermedad que padece el cliente había mejorado y que únicamente era merecedor de una invalidez total para su profesión habitual de empresario de reparto de correspondencia.

El hecho de que le revisaran y le redujeran la pensión le causó una nueva crisis depresiva, que hizo que el cliente fuera ingresado de urgencias. Y así lo manifestamos.

Procedimos a realizar los trámites administrativos correspondientes para que le devolvieran la pensión de invalidez absoluta. Presentamos las correspondientes alegaciones frente al INSS, que fueron desestimadas mediante una posterior resolución. 

Seguidamente presentamos demanda demostrando que el cliente seguía con unas dolencias psíquicas muy limitantes para trabajar. Nuestra argumentación la apoyamos junto con informes médicos actualizados que demostraban la gravedad de su enfermedad.

Sentencia favorable del Juzgado de lo Social.

Tras la celebración del juicio, el Juzgado de refuerzo de Tarragona dictó sentencia estimando las pretensiones de nuestro cliente por trastorno depresivo mayor grave, persistente y progresivo.

La magistrada razonó lo siguiente:

“Se considera acreditado que en atención de la patología e intensidad descrita, no resta capacidad residual del actor que pueda ser valorada a los efectos de desarrollar un trabajo por cuenta ajena, rentable y mínimamente eficiente o productivo.

Por tanto, esta capacidad residual de trabajo y posibilidad de trabajo no excluye la calificación de Incapacidad Permanente Absoluta.”

Así es como nuestro cliente ha recuperado su derecho de cobro de pensión por Incapacidad Permanente Absoluta derivada de su enfermedad psiquiátrica.

Consejos

En caso que la Seguridad Social inicie un procedimiento de revisión de tu incapacidad permanente, té damos 2 pequeños consejos:

  • Solicitar un informe actualizado al especialista que siga tu evolución (en este caso, al psiquiatra).
  • Presentar alegaciones en el plazo de 15 días desde que te notifican la revisión de grado.

Sentencia del Juzgado de Refuerzo de lo Social de Tarragona 

Te adjuntamos la sentencia para que las puedas ver con tus propios ojos:

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